jueves, 13 de noviembre de 2014

Programa extraordinario de ayuda a la contratación de Andalucía


Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del 11 al 21 de noviembre de 2014.

Destinatarios: 

Personas Mayores de 18 años y menores de 65 empadronadas en Villanueva de los Castillejos


Requisitos:

- Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el SAE y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud, entendiendo por tal “el primer día en que el plazo de presentación este abierto”

- Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

- Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa todas las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y las personas andaluzas retornadas.

- Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:

* Inferior al IPREM, para unidades familiares de una sola persona. (3.195,06 €)

* Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas. (4.153,58 €)

* Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas. (4.792,59 €)

* Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas.(5.431,60 €)

Se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa. (ingresos de mayo a octubre de 2014)

- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en este artículo y ha sido preseleccionado.

Entre las personas que, cumpliendo los requisitos anteriores, sean admitidas al programa, tendrán prioridad para la adjudicación aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de preferencia alguna de las circunstancias siguientes:

1) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.

2) Que la persona solicitante o alguna de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esa consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.

3) Que alguna de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 % o se encuentre en situación de dependencia.

4)Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.

5) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

6) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

7) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos hijos o hijas a cargo.

8) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.

9) Que la persona solicitante sea mujer.

10) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.

Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo primer nivel de preferencia, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de preferencia y a igualdad de número de circunstancias se considerará la intensidad y duración de las condiciones referidas.

Para obtener más información sobre documentación a aportar, procedimientos, prioridades, etc. puede acudir al Servicio de Empleo y Desarrollo Local (SEDL) del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos en horario de 9 a 12 desde el día 11 al 21 de noviembre de 2014.

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